viernes, 25 de septiembre de 2015

CLAUSURA PROFEPA EMPRESA RECILADORA DE METALES Y PLÁSTICOS, EN BAJA CALIFORNIA



+ Acción derivada del incumplimiento reiterado de medidas correctivas y de urgente aplicación dictadas a dicha compañía
+ Impone medida de seguridad para evitar el posible derrame de alguna sustancia que entre en contacto con organismos vivos, suelo natural o afluentes

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal a la empresa Metales de Baja California, S. de R.L. de C.V., ubicada en el municipio de Tijuana,  por el incumplimiento reiterado de diversas obligaciones ambientales que ponen en riesgo el equilibrio ecológico y por el irregular manejo de los residuos peligrosos en sus instalaciones.
La PROFEPA impuso la medida de seguridad  tras detectar irregularidades luego de una visita de inspección y con el fin de evitar el posible derrame de alguna sustancia que pudiera entrar en contacto con organismos vivos, suelo natural o afluentes.
Personal de esta Procuraduría  adscrito  al estado de Baja California realizó visita de inspección a la empresa referida, cuyo giro es el  reciclaje de metales y plásticos, durante la cual detectó que el almacenamiento de residuos peligrosos se llevaba a cabo de manera irregular a lo ordenado por la legislación ambiental.
Asimismo, se observaron sólidos impregnados de grasa y aceite en contenedores asignados a la basura urbana, así como tierra contaminada con hidrocarburos en distintas áreas de sus instalaciones.
También se constató que la empresa no tiene registrada la  totalidad de los residuos peligrosos que genera ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); no cuenta con un almacén temporal especial para éstos;  carece de una bitácora de generación de los mismos; y no realiza una identificación adecuada de ellos.
Por tal motivo, mediante acuerdo de emplazamiento se le ordenaron a la empresa diversas medidas correctivas y de urgente aplicación  a fin de que subsanara las irregularidades detectadas y con ello evitar efectos adversos al medio ambiente.
No obstante, mediante visita de verificación realizada el 17 de julio de 2014, se constató que las medidas impuestas por esta autoridad fueron incumplidas en su totalidad.
Acto seguido, el 13 de noviembre de 2014 fue notificada la resolución administrativa en el proceso abierto  a través de la cual se impuso una multa de $ 51,140.40,  equivalente a 760 días de salario mínimo, así como la ratificación de la orden para cumplir con las medidas ordenadas anteriormente.
Transcurrido el término de ley, en fecha 18 de marzo de 2015 se realizó una nueva verificación sobre  el cumplimiento de la resolución dictada; de nueva cuenta  la empresa incumplió las obligaciones ambientales establecidas.
Debido a que la empresa hizo caso omiso a lo ordenado en distintos acuerdos, la PROFEPA ordenó la Clausura Total Temporal de las zonas donde se generan residuos peligrosos, como las áreas de mantenimiento y compactación.
Lo anterior, con fundamento en el artículo 112 fracción I de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en relación con el artículo 171 fracción II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
PROFEPA estará vigilante del cumplimiento de la medida de seguridad establecida y dará seguimiento al proceso administrativo hasta emitir la resolución que a derecho corresponde.
El quebrantamiento de sellos, tipifica un delito y se sanciona conforme al Código Penal Federal.
Cabe recordar que quienes generen residuos peligrosos deberán identificar, clasificar, envasar, marcar o etiquetar, manejar y almacenar, de conformidad con las disposiciones contenidas en las leyes ambientales y sus reglamentos, así como en las Normas Oficiales Mexicanas competentes en la materia.

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